San Martín y la libertad de los esclavos en el Perú


El 17 de agosto de 1850 moría en Francia José de San Martín. Tras pelear en España contra las tropas napoleónicas, regresó a su patria en 1812. Tuvo su primera victoria a favor de la causa de la independencia de América en el combate de San Lorenzo, al frente de los Granaderos a Caballo. Más tarde, como parte de su estrategia de liberar Chile y Perú del dominio español, asumió la gobernación de Cuyo y organizó el Ejército de los Andes. Tras cruzar la cordillera, obtuvo las victorias de Chacabuco, en 1817, y de Maipú, en 1818, que aseguraron la independencia de Chile. En julio de 1821 entró en Lima, Perú, y el 28 de ese mes declaraba la independencia de ese país. El 3 de agosto San Martín tomó el título “Protector del Perú”. A continuación transcribimos el decreto de San Martín poniendo en libertad a los hijos de esclavos nacidos después de proclamada la independencia, del 12 de agosto de 1821.

Fuente: LEVENE, Ricardo, Historia de América, Tomo VI, Independencia y organización constitucional, Jackson Editores, Buenos Aires, 1940, pág. 119.

“Cuando la humanidad ha sido altamente ultrajada y por largo tiempo violados sus derechos, es un grande acto de justicia, si no resarcirlos enteramente, al menos dar los primeros pasos al cumplimiento del más santo de todos los deberes. Una porción numerosa de nuestra especie ha sido hasta hoy mirada como un efecto permutable, y sujeto a los cálculos de un tráfico criminal: los hombres han comprado a los hombres, y no se han avergonzado de degradar la familia a que pertenecen, vendiéndose unos a otros. Las instituciones de los siglos bárbaros apoyadas con el curso de ellos, han establecido el derecho de propiedad en contravención al más augusto que la naturaleza ha concedido. Yo no trato, sin embargo, de atacar de un golpe este antiguo abuso: es preciso que el tiempo mismo que lo ha sancionado lo destruya: pero yo sería responsable a mi conciencia pública y a mis sentimientos privados, si no preparase para lo sucesivo esta piadosa reforma, conciliando por ahora el interés de los propietarios con el voto de la razón y de la naturaleza. Por tanto declaro lo siguiente:

  1. Todos los hijos de esclavos que hayan nacido y nacieren en el territorio del Perú desde el 28 de julio del presente año en que se declaró la Independencia, comprendiéndose los departamentos que se hallen ocupados por las fuerzas enemigas y pertenecen a este Estado, serán libres y gozarán de los mismos derechos que el resto de los ciudadanos peruanos, con las modificaciones, que se expresarán en un reglamento separado.
  2. Las partidas de bautismo de los nacidos serán un documento auténtico de la restitución de este derecho. Imprímase, publíquese y circúlese.

”Dado en Lima, a 12 de agosto de 1821 – 21ª de la libertad del Perú –San Martín – B. Monteagudo.»

Fuente: www.elhistoriador.com.ar